Con fundamento en el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 39, fracciones II y III, del Código Fiscal de la Federación, se ha publicado hoy 12 de septiembre de 2014 un Decreto que da beneficios fiscales adicionales a los contribuyentes que tributan bajo el Régimen de Incorporación Fiscal.

Para realizar dicho Decreto se tomaron en cuenta algunos factores, principalmente:

    • Optimizar la simplificación administrativa, principalmente para empresas pequeñas y de esta manera fomentar la formalidad.

 

    • La complejidad que representa para este régimen el cálculo de contribuciones como el IVA y el IESPS.

 

    • Facilitar para la transición al régimen general a través de simplificar el cálculo de contribuciones.

 

  • Mejorar su capacidad administrativa durante su permanencia en el RIF.

Este decreto será vigente a partir del 1 de enero de 2015.

Fuente: DOF | 10/09/14



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