Mediante el acuerdo técnico ACDO.AS1.HCT.170914/192.P.DG Y DIR que emite el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social el cual se publica hoy 22 de septiembre de 2014 en el Diario Oficial de la Federación y que otorga facilidades administrativas a los patrones y demás afectados el 14 y 15 de septiembre por los fenómenos meteorológicos en el Estado de Baja California Sur.

De forma genérica las facilidades que autorizan a la Delegación Regional en Baja California Sur y las subdelegaciones Cabo San Lucas y La Paz, únicamente respecto de las cuotas obrero patronales a su cargo son las siguientes:

  • Conceder el pago a plazos ya sea en forma diferida o en parcialdades, de las cuotas causadas durante los meses de agosto, septiembre y octubre de 2014 a solicitud de de los patrones y demás sujetos obligados con centros de trabajo o cualquier otro establecimiento ubicados en los municipios de Comondú, La Paz, Loreto, Los Cabos y Mulegé, todos en el Estado de Baja California Sur.
  • Se librará al solicitante de garantizar el interés fiscal siempre y cuando continúen realizando el pago de las parcialidades autorizadas por las cantidades y en las fechas correspondientes.
  • Si los patrones y demás sujetos obligados ya contaban con alguna autorización, al mes de agosto, para el pago en parcialidades podrán reanudar los pagos a partir del mes de noviembre.
  • Los beneficios de este acuerdo pueden ser revocados por falta de pago parcial o total de dos o más parcialidades y las autoridades podrán exigir el pago total del adeudo con la actualización y recargos que les correspondan.

Cabe mencionar que las cuotas a cargo de los trabajadores, así como las del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, deberán ser cubiertas en los términos y condiciones que establecen la Ley del Seguro Social y su reglamento y que las la presentación de las solicitudes se deberán presentar a más tardar el 15 de octubre de 2014.

 

Fuente: DOF | 22/09/14



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