Con fundamento en los artículos el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1o.-A, 2o.-A, 5o., 5o.-A, 5o.-B, 5o.-E, 5o.-F, 6o., 7o., 8o., 15, 24, 26, 27, 28, 29 y demás relativos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el Poder Ejecutivo emite el DECRETO que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del reglamento de la Ley del impuesto al valor agregado.

Los suguientes son algunos de los puntos que tocan estas modificaciones que incluye este Decreto:

– Cambio en la redacción para reconocer la homogeneización de la tasa de IVA a nivel nacional.

– Señala lo que NO debemos considerar como alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen,

– Algunos requisitos respecto de los comprobantes y constancias en el régimen de propiedad en condominio.

– Diversos aspectos en el tema de importaciones,

– Además de derogar algunas otras disposiciones.

Este decreto que modifica el reglamento de la Ley del IVA entra en vigor a partir del día 26 de septiembre de 2014.

Fuente: DOF | 25/09/14



Deja un comentario