Las operaciones vulnerables se informan a las autoridades respecto de las operaciones que se generen a partir del 1 de septiembre de 2013.

Las operaciones a las que se hace referencia en esta modificación son esencialmente para la prestación de servicios de fe pública correspondientes a los notarios, corredores y servidores públicos, la recepción de donativos, la prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal y por la constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles.

Dichas operaciones se informan a través de formularios que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2013 y 24 de julio de 2014, en está ocasión las modificaciones son para las personas que de forma son sujetos de informar según el artículo 17 fracciones XII a la XV de la siguiente manera:
 

Información según Artículo 17 respecto de: Anexo
Fracción XII Apartado A y B Anexo 12 – A
Fracción XII Apartado C Anexo 12 – B
Fracción XIII Anexo 13
Fracción XIV Anexo 14
Fracción XV Anexo 15

 
Estos NUEVOS formatos entran en vigor a partir del 3 de noviembre de 2015. A partir de la entrada en vigor de estos formularios fecha la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) dará a conocer al SAT (Servicio de Administración Tributaria) los instructivos necesarios para las personas que deben informar las operaciones que señala el Artículo 17 Fracción XII Apartado C. y dichos formatos deberán contener la información que se genere a partir de esa fecha.
 

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