Segun el oficio 500-05-2014- 23982 se notifica a los contribuyentes a que se refiere su Anexo 1 del oficio mencionado y que para la autoridad se han ubicado en el hecho previsto en el artículo 69-B primer párrafo por haber emitido comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que se indican en dichos comprobantes.

Estos contribuyentes tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones para presentar la documentación y aclaraciones que se consideren convenientes y deberán cumplir con los requisitos que señalan los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación.

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Fuente: DOF | 18-08-2014



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