Faltando poco tiempo para que el ejercicio fiscal termine hoy 19 de noviembre de 2015 se publica en Diario Oficial de la Federación la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2015. Normalmente en este tipo de modificaciones se espera que únicamente se modifiquen o se agreguen algunas reglas sin embargo como PRIMER y ÚNICO punto que a la letra dice:

PRIMERO. Se reforma la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 para quedar de la siguiente manera:

Por lo que podemos inferir que esta modificación se debe considerar como total.

Recordemos que el fundamento de la Reglas de Carácter General está en el artículo 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación.

ARTICULO 33. Las autoridades fiscales para el mejor cumplimiento de sus facultades, estarán a lo siguiente:

g) Publicar anualmente las resoluciones dictadas por las autoridades fiscales que establezcan disposiciones de carácter general agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes; se podrán publicar aisladamente aquellas disposiciones cuyos efectos se limitan a períodos inferiores a un año. Las resoluciones que se emitan conforme a este inciso y que se refieran a sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, no generarán obligaciones o cargas adicionales a las establecidas en las propias leyes fiscales.

(Énfasis añadido por GCE MEPADE)

Esta modificación entrará en vigor de manera general el próximo 22 de noviembre de 2015 no obstante es necesario verificar las reglas transitorias para conocer la vigencia que en particular presentan algunas reglas o supuestos.

 

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5ta. Modificación a la RMF 2015: DOF | 19/11/15

 



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