El Servicio de Administración Tributaria a través de su sitio web ha emitido un comunicado respecto de un supuesto programa de regularización de vehículos importados promovido por la autoridad municipal de Matamoros donde hace hincapié en que dicho supuesto programa de regularización de vehículos que no cumple con las formalidades señaladas en las disposiciones legales de la materia para ser un trámite válido.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Aduanera, las personas que tengan en su poder vehículos que se hubieran introducido al país sin haberse sometido a las formalidades del despacho aduanero, o que hubieran excedido del plazo de retorno en caso de haber sido importados de manera temporal, pueden regularizarlos al efectuar una importación definitiva, pagando las contribuciones correspondientes y cumpliendo con las regulaciones y restricciones no arancelarias que apliquen a cada caso, esto sin perjuicio de las infracciones y sanciones que procedan cuando el SAT haya iniciado el ejercicio de sus facultades de comprobación.

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Sección Vehículos – Aduanas

Importación definitiva de automóviles usados

Importación definitiva de automóviles nuevos

Importación Temporal de automóviles

Internación Temporal de vehículos.



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