- 6 marzo, 2020
- Publicado por: MEPADE
- Categorías 2020, DECRETO
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El 6 de marzo de 2020 se publica en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Texto Anterior a la reforma. | Texto Reformado |
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Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, la (sic DOF 03-021983) prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a ls (sic DOF 03-02-1983) prohibiciones a título de protección a la industria. | Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria. |
Este artículo pertenece al Capítulo I del Título Primero : De los Derechos Humanos y sus Garantías.
Fuente: DOF 6 DE MARZO 2020.