Se publica en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo.

El artículo 311 estaba contenido en el CAPITULO XII Trabajo a domicilio de la Ley Federal del Trabajo, el cual señala la definición de “Trabajo a domicilio” precisamente.

Además en este mismo decreto se agrega el CAPÍTULO XII BIS, que indica las condiciones del “Teletrabajo”.

VIGENCIA:

Este Decreto entra en vigor a partir del día 12 de enero de 2021, no obstante el Poder Ejecutivo Federal tendrá un plazo de 18 meses a partir de la fecha antes mencionada para emitir la NOM sobre las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el teletrabajo.

 

Fuente: D.O.F. 11 DE ENERO 2021.

Descarga: DECRETO que reforma la LFT.

 
 



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