- 2 febrero, 2021
- Publicado por: MEPADE
- Categorías 2021, CFF
El 2 de febrero de 2021 se publican en el Diario Oficial de la Federación los montos mínimos para los que no se aplicará lo Dispuesto en el Capítulo Único del Título Sexto del Código Fiscal de la Federación, de la Revelación de Esquemas Reportables.
Respecto de los esquemas reprobables contenidos en las fracciones II a XIV no serán aplicables siempre que:
- Se trate de esquemas reprobables personalizados;
- El Monto agregado del beneficio fiscal obtenido que se espere obtener en México, no exceda de 100 millones de pesos.
En caso de que exista más de un esquema reportable de los previstos en las fracciones I a XIV del mismo artículo 199 del Código Fiscal de la Federación, que sean personalizados, que involucre o espere involucrar a un mismo contribuyente en al menos un ejercicio fiscal en común, para determinar la cantidad de 100 millones de pesos se deberá considerar el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener en México a través de la totalidad de los esquemas reportables, correspondientes a las fracciones mencionadas.
Vigencia
Este ACUERDO entra en vigor a partir del 3 de febrero de 2021.
Fuente: D.O.F. 2 DE FEBRERO 2021.
Descarga: ACUERDO ESQUEMAS REPORTABLES.