Conforme al artículo 15, 15-B de la Ley del Seguro Social y al artículo 145 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de empresas, Recaudación y Fiscalización se publica en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO ACDO.SA3.HCT.280115/23.P.DIR y sus Anexos que se refiere a los costos de mano de obra por metro cuadrado, para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para el año 2015.

En específico la fracción II y III del artículo 145 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de empresas, Recaudación y Fiscalización:

Artículo 145. Para la celebración del convenio a que se refiere el artículo 15 B de la Ley se procederá de la manera siguiente:

II. Respecto a la remodelación o ampliación a cualquier tipo de obra diferente de casa habitación que se realice en forma esporádica, se obtendrá el importe estimado de mano de obra multiplicando la superficie a construir por el costo de mano de obra por metro cuadrado según corresponda, conforme a las tablas que al efecto publique el Instituto;

III. Al importe estimado por mano de obra, conforme a la fracción anterior, se le aplicarán las primas que correspondan a los Seguros de Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, así como Guarderías y Prestaciones Sociales, obteniéndose el importe de las cuotas obrero patronales a cubrir …

(Texto en negrita añadido por EfectoFiscal.mx)

Descarga: PDF – ACDO.SA3.HCT.280115/23.P.DIR

Fuente: DOF | 11/02/15



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