El anexo 24 se refiere a los formatos en los que se tendrá que enviar la contabilidad a partir del 2015, en concordancia con las reglas I.2.8.1.6, I.2.8.1.7 y I.2.8.1.8 mismas que fueron reformadas el pasado 18 de diciembre en la SÉPTIMA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

El contenido del Anexo 24 es el siguiente:

A. Catálogo de cuentas utilizado en el periodo.
B. Código agrupador de cuentas del SAT.
C. Balanza de comprobación.
D. Información de las pólizas del periodo.
E. Información de los auxiliares de folios fiscales asignados a los comprobantes fiscales dentro de las pólizas.
F. Información de los auxiliares de cuenta de nivel mayor y/o de la subcuenta de primer nivel.
G. Sello digital de la contabilidad electrónica.
H. Catálogo de monedas.
I. Catálogo de bancos.
J. Catálogo de métodos de pago.

La mayoría de los datos contenidos en este anexo tienen que ver con aspectos de ingeniería, sin embargo se deben conocer los requisitos de cada apartado para poder enviar con certeza la información.

Cabe mencionar que las imágenes contenidas en los documentos oficiales, que hacen referencia a la estructura de los xml son de muy baja calidad por lo que su lectura no es sencilla.

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Fuente: DOF | 27/12/14



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