Desde hace algunos días ya circulaba el Anteproyecto de esta modificación e incluso se publicó en el sitio del SAT señalando la regla I.1.6 de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 :

I.1.6. …

Cuando en las páginas de Internet del SAT o de la Secretaría se establezcan a favor de los contribuyentes, requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún trámite, podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, lo dispuesto en dichas páginas para el trámite que corresponda.

Asimismo, el SAT dará a conocer en la citada página de Internet de forma anticipada y únicamente con fines informativos, reglas de carácter general que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Es importante recalcar que esta modificación tendría vigencia una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación.

De las reglas más importantes que incluye esta modificación son aquellas que se refieren al envío de la contabilidad electrónica, no obstante esta modificación sin ser extensa también contiene reglas importantes en materia de CFDi.

Fuente: DOF | 18/12/14



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