Se publica la tercera modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 en el DOF, la cual incluye algunos cambios y puntos importantes para el envío de la contabilidad al SAT.

Uno de los puntos importantes que presenta esta modificación es lo que debemos entender por “Balanza de Comprobación”:

Regla I.2.8.6;

Para los efectos de esta regla se entenderá como balanza de comprobación aquella que se determine de acuerdo con el marco contable que aplique ordinariamente el contribuyente en la preparación de su información financiera, o bien, el marco que esté obligado aplicar por alguna disposición legal o normativa, entre otras, las Normas de Información Financiera (NIF), los principios estadounidenses de contabilidad “United States Generally Accepted Accounting Principles” (USGAAP) o las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en inglés) y en general cualquier otro marco contable que aplique el contribuyente.

El marco contable aplicable deberá ser emitido por el organismo profesional competente en esta materia y encontrarse vigente en el momento en que se deba cumplir con la obligación de llevar la contabilidad.

Además del cambio en las fechas para el envío de la balanza de comprobación, las cuales quedaron de la siguiente manera:

Balanza de comprobación del mes de: Mes de entrega:
Julio Enero 2015
Agosto Enero 2015
Septiembre y Octubre Enero 2015
Noviembre y Diciembre Enero 2015

 
Cabe hacer mención que para los efectos de la regla I.2.8.6. fracción I y segundo párrafo, la información deberá ser entregada a la autoridad a más tardar en el mes de enero y 27 de febrero de 2015, para personas morales y para personas físicas, respectivamente.

Es necesario revisar completamente todos los cambios contenidos en esta modificación para saber que puntos son aplicables en lo particular.
 
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Fuente: DOF | 19-08-2014



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